En este video, que se ha hecho muy popular en las redes sociales, se muestra cómo el equipaje es transportado por trabajadores de una aerolínea. Por eso es que muchos usuarios se quejan constantemente de que las maletas llegan rotas, y es debido al trato inadecuado que le dan los operarios.
Viajeros Sam Travel
miércoles, 15 de abril de 2015
Cámara oculta: así manipulan el equipaje las aerolíneas
En este video, que se ha hecho muy popular en las redes sociales, se muestra cómo el equipaje es transportado por trabajadores de una aerolínea. Por eso es que muchos usuarios se quejan constantemente de que las maletas llegan rotas, y es debido al trato inadecuado que le dan los operarios.
lunes, 21 de julio de 2014
Guia para usar el 35% retenido por compras al exterior
Este post contiene el paso a paso para cargar el pedido de devolución
del 35% que AFIP cobra como percepción de Impuesto a las Ganancias y/o
Bienes Personales. Contempla lo informado a Diciembre de 2013, aunqie
aún no contempla los viajes y paquetes turísticos al exterior.
Aquí el paso a paso:
Para poder conseguir que les devuelvan lo ya pagado si o si necesitan tener clave fiscal en AFIP con datos biométricos. Es posible que tengan que ir a AFIP a hacer este trámite, si aún no lo hicieron.
Voy a ponerle letras y números a los pasos, por si tienen alguna duda lo referencian directamente.
Si sos empleado en relación de dependencia y pagas o pagaste Ganancias durante el año, avanzá hasta donde habla del Formulario 572web
Si sos monotributista, exento de Ganancias o no pagas Ganancias, avanzá hasta el Formulario 746/A
Para aquellos que pagan ganancias y/o bienes personales
Aplica para todos los empleados en relación de dependencia que paguen Impuesto a las Ganancias (II.GG de acá en adelante). Funciona como reemplazo del formulario 572 en papel que venían llenando a mano hasta ahora y entregando a su empleador.
Ese formulario web, llamado SiRADIG, es obligatorio para todos aquellos empleados en relación de dependencia que ganen más de $250.000 brutos al año incluyendo aguinaldo y vacaciones, o sea algo más de $19.200 al mes.
Aquellos que ganen menos de $250.000 al año tienen la opción de cargar el pedido de devolución del 35%. En su momento analicé cuánto incentiva / desincentiva a poner los papeles en regla para aquellos que ganan menos de $250.000 al año y que mienten con algunas deducciones (más info acá). Quienes no pidan la devolución en el fondo aceptan perder el 35%, a costas de seguir mintiéndole a la AFIP. En el fondo, esto genera un nuevo tipo de cambio que no es el dólar tarjeta, sino el dólar-tarjeta-evasor.
Pero si estás leyendo este artículo esto es porque no es tu caso, y lo que buscas es recuperar lo que en su momento pagaste de más.
ACLARACIÓN: Estos pasos sirven para declarar las retenciones que hayan pagado durante el año 2013. Las que pagaron durante 2012 tenía fecha límite de presentación el 31/01/13.
Vamos a los pasos para la devolución:
1) Una vez en el sitio web de AFIP (www.afip.gob.ar) vas donde dice clave fiscal, o entras directamente desde acá
2) Una vez ingresado en el portal privado, vas a “SiRADIG – Trabajador” que va a ser el aplicativo que vayas a entrar siempre que quieras cargar actualizaciones sobre el impuesto a las ganancias.
3) “Seleccione la persona a representar”: va a aparecer sólo tu nombre completo si no representas a nadie. Haces click en tu nombre.
4) Para comenzar, vamos a “Crear nuevo borrador”
5) Actualizar tus Datos Personales. La mayoría ya los vas a tener pre-cargados. Tenes que agregar tu número de celular y dirección y pones “Guardar”
6) En “Empleadores” te van a pedir todos los datos de todas las empresas en donde trabajas y hacen aportes a AFIP. Para conseguirte los datos, recomiendo tener los recibos de sueldo a mano.
Si llegaste hasta acá es porque realmente querés que te devuelvan lo que pagaste de más! Tiempo estimado hasta acá…1 hora y cuarto de carga de datos.En 4- Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta vas a poder cargar tanto el impuesto a créditos y débitos de tu cuenta bancaria como así también el 35% de las tarjetas de crédito/débito.
Vamos a lo que importa: en 4- Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta entras en el menú “Pago a cuenta – Compras en el exterior”. Allí se va a abrir un menú como el que sigue, en donde para cada mes, por cada tarjeta (débito / crédito – Visa, MasterCard, AmEx, etc.-) de cada banco con el que operaron, vas a tener que cargar el monto de la percepción.
9) Una vez llegado a este punto, se puede generar y enviar el Formulario 572 Web a la AFIP. Vas a ver un resumen de lo cargado, chequear que esté todo correctamente. Hay un botón que recomiendo no olvidarse que es el de IMPRIMIR BORRADOR. Si no lo imprimen en ese momento no tendrán otra forma de conseguir el comprobante de haber realizado el trámite hasta tanto este ya esté presentado al empleador.
Luego pulsar ENVIAR AL EMPLEADOR…y listo! En menos de 10 pasos (?) logramos tener la devolución de los montos cobrados. En ese caso, se invalida lo que muchos dicen del “dólar turista” al dólar oficial + 35%, y aplica únicamente el costo financiero de la plata entre que pagas y te la devuelven. Para más información sobre ese tema, hice un post en esta página, y que para una compra con 35% de percepción puede llegar a implicar un costo financiero superior al 9% de la compra.
Nota 1: La AFIP no debería tener capacidad de rechazar estos cargos. El empleador es el responsable de mensualmente revisar si hay actualización en las deducciones.
Nota 2: Hay tiempo para cargar este formulario hasta el último día del mes de enero del año siguiente al cual se hizo la percepción. O sea, tenes tiempo hasta el 31/01/2014 para cargar las retenciones hechas durante 2013. Cuanto antes, mejor.
Cualquier otra duda que tengan, en comentarios.
Para aquellos que no pagan ganancias, están exentos del pago, o bien son monotributistas
¿No pagas ganancias y cuando compraste en el exterior te cobraron el 35%? Para ustedes, la AFIP encomendó el Formulario746/A. Este formulario, es otro de los aplicativos Web que desarrolló AFIP para aquellos que se les debitó el 35% a las compras en el exterior, pero que al no pagar Ganancias, en vez de pedir que le descuenten esta plata del pago de Ganancias, deben pedir que se las reintegren en sus cuentas bancarias.
Para ello, tendrán que cumplir los siguientes pasos:
1) Una vez en el sitio web de AFIP (www.afip.gob.ar) vas donde dice clave fiscal, o entras directamente desde acá.
2) Entras en ‘Mis Aplicaciones Web”. Se va a abrir un pop-up en una ventana nueva.
4) Rellenamos los campos con la siguiente información:
7) Según la Resolución General 3420/2012 de AFIP en algún paso se va a solicitar el número de CBU al cual deseamos que hicieran el reintegro del dinero.
8) Ahora, una vez que damos click a la derecha en “PRESENTAR”, lo único que nos queda es…esperar. ¿Cuánto tiempo? La Resolución de AFIP no lo dice, simplemente aclara que “La aprobación o rechazo de la solicitud efectuada, será resuelta por este Organismo mediante controles sistémicos y/o verificaciones posteriores”
9) En caso de aprobar la devolución, lo van a hacer a la cuenta bancaria informada en el CBU. En caso que se rechace, la AFIP va a informar por qué lo rechaza. Este rechazo puede ser recurrido. O sea, que si te rechazan un pedido de devolución del 35% y estás disconforme, podes reclamar de acuerdo al Art. 74 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683. Esto es, presentando un reclamo dentro de los quince (15) días de ser notificado. En ese caso, el Director General de AFIP tiene un plazo de sesenta (60) días para resolver los recursos.
10) Listo! Cuando AFIP apruebe, la plata nuevamente en tu bolsillo. Y el costo real de esta compra va a ser la pérdida del valor de los pesos entre el momento que lo pagaste y que te lo devolvieron, que puede ascender a más del 9% del monto total.
Aquí el paso a paso:
Para poder conseguir que les devuelvan lo ya pagado si o si necesitan tener clave fiscal en AFIP con datos biométricos. Es posible que tengan que ir a AFIP a hacer este trámite, si aún no lo hicieron.
Voy a ponerle letras y números a los pasos, por si tienen alguna duda lo referencian directamente.
Si sos empleado en relación de dependencia y pagas o pagaste Ganancias durante el año, avanzá hasta donde habla del Formulario 572web
Si sos monotributista, exento de Ganancias o no pagas Ganancias, avanzá hasta el Formulario 746/A
Para aquellos que pagan ganancias y/o bienes personales
Aplica para todos los empleados en relación de dependencia que paguen Impuesto a las Ganancias (II.GG de acá en adelante). Funciona como reemplazo del formulario 572 en papel que venían llenando a mano hasta ahora y entregando a su empleador.
Ese formulario web, llamado SiRADIG, es obligatorio para todos aquellos empleados en relación de dependencia que ganen más de $250.000 brutos al año incluyendo aguinaldo y vacaciones, o sea algo más de $19.200 al mes.
Aquellos que ganen menos de $250.000 al año tienen la opción de cargar el pedido de devolución del 35%. En su momento analicé cuánto incentiva / desincentiva a poner los papeles en regla para aquellos que ganan menos de $250.000 al año y que mienten con algunas deducciones (más info acá). Quienes no pidan la devolución en el fondo aceptan perder el 35%, a costas de seguir mintiéndole a la AFIP. En el fondo, esto genera un nuevo tipo de cambio que no es el dólar tarjeta, sino el dólar-tarjeta-evasor.
Pero si estás leyendo este artículo esto es porque no es tu caso, y lo que buscas es recuperar lo que en su momento pagaste de más.
ACLARACIÓN: Estos pasos sirven para declarar las retenciones que hayan pagado durante el año 2013. Las que pagaron durante 2012 tenía fecha límite de presentación el 31/01/13.
Vamos a los pasos para la devolución:
1) Una vez en el sitio web de AFIP (www.afip.gob.ar) vas donde dice clave fiscal, o entras directamente desde acá
2) Una vez ingresado en el portal privado, vas a “SiRADIG – Trabajador” que va a ser el aplicativo que vayas a entrar siempre que quieras cargar actualizaciones sobre el impuesto a las ganancias.
3) “Seleccione la persona a representar”: va a aparecer sólo tu nombre completo si no representas a nadie. Haces click en tu nombre.
4) Para comenzar, vamos a “Crear nuevo borrador”
5) Actualizar tus Datos Personales. La mayoría ya los vas a tener pre-cargados. Tenes que agregar tu número de celular y dirección y pones “Guardar”
6) En “Empleadores” te van a pedir todos los datos de todas las empresas en donde trabajas y hacen aportes a AFIP. Para conseguirte los datos, recomiendo tener los recibos de sueldo a mano.
- Van a pedir CUIT del empleador / razón
social / fecha de ingreso. Todo en el recibo de sueldo – Ante la
pregunta “¿Es agente de retención?”, si tenes un solo trabajo, pones SI.
Si tenes más de un trabajo, solamente en la empresa que te paga el
sueldo más alto pones SI, al resto NO.
- Si tenes más de un trabajo, tenes que cargar tantas empresas como trabajos tengas.
- En el caso de tener pluriempleo (más de un empleo), tenes que cargar manualmente los montos de los empleos más chicos. Eso es, Ganancia Bruta (el salario bruto) y aportes y deducciones para cada mes cobrado. Esto hace algo engorroso al proceso.
7) IMPORTANTE: Por más que pidas sólo la
devolución del 35% por compras al exterior, tenes que pasar a cargar
todas las deducciones en este formulario web. Esto incluye cargas de familia, deducciones por intereses hipotecarios, prepagas, seguro de vida, etc.
7.1) Cargas de Familia: recordá que sólo podes poner como carga de familia a los siguientes parentescos:
- Cónyuge.
- Hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.
- Nieto, nieta, bisnieto o bisnieta menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.
- Padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra.
- Hermano o hermana menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.
- Suegro, suegra; yerno o nuera menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.
También recorda que solo una persona puede poner al mismo familiar a cargo, con la siguiente lógica:
• Solamente podrá efectuar la deducción
el pariente más cercano. En caso de igual parentesco, podría darse el
caso de que una misma carga de familia sea deducida por más de una
persona (como por ejemplo los padres respecto a un hijo, o dos hermanos
respecto de sus padres).
• Si no se verifica la el mismo grado de
parentesco con relación a la carga mencionada, sólo puede ser deducida
por el pariente más cercano.
• La persona declarada como carga de familia, no deberá tener ingresos mayores al mínimo no imponible de forma anual.
Concubinos/as: No son deducibles / Hijo/a de concubino/a: No son deducibles / Hijastro/a: Sólo si están casados. Se considera pariente por afinidad
7.2) Cuotas médico/asistenciales:
acá van los gastos de prepagas, o pagos adicionales para
mejorar/mantener algún plan de salud en la obra social. Lo deberán
cargar dentro del menú inicial, en 3- Deducciones y desgravaciones.
La principal complicación en este caso es que piden un detalle mensual
de gastos, cuando no todas las obras sociales envían factura a nombre
del empleado (podría estar a nombre del empleador junto con el resto de
los empleados, o hasta podrían no generar factura). Ahí les recomiendo
comunicarse con la Obra Social para que les brinden una solución
coherente a la situación. Posiblemente no sean los primeros en llamar
por este tema. Este es otro de los puntos que hace engorroso el trámite de devolución, y que debería ser mejorado por AFIP.
7.3) Igual suerte corren las Primas de Seguro para el caso de muerte. Se necesita comprobante de cada factura mensual.
7.4) Las Donaciones,
hasta $1.200 a un CUIT, no requiere mayor información que el CUIT /
Razón Social. Si es mayor, se requiere el detalle del pago con tarjeta
de crédito o CBU al cual se transfirió.El monto deducible es hasta el 5% de la Ganancia Neta del período.
7.5) Los Intereses de Préstamo Hipotecario, requieren CUIT de la entidad, y un detalle mensual de cada pago. No requiere nro. de factura ni nada por el estilo. El monto deducible es hasta $20.000 por año. Se deduce de la Ganancia Bruta para calcular la Ganancia Neta.
7.6) Los Gastos Médicos y Paramédicos,
refiere a los gastos médicos realizados por encima de la cobertura
médica. Requieren CUIT, Factura, fecha, monto total y monto reintegrado.
Hay que cargar una por una. El ‘Monto’ se pondrá automáticamente como
el 40% de la diferencia entre monto total y monto reintegrado. El monto deducible es hasta el 5% de la Ganancia Neta del período.
7.7) La Deducción del Personal Doméstico,
refiere a los gastos realizados para brindar cobertura al personal
doméstico en blanco que uno hubiera contratado. Tienen que poner el
CUIL/CUIT del empleado/a doméstico/a, y los montos pagados y de la
contribución.
8) LLEGAMOS!! Este es el momento para cargar lo que pagamos adicional, como el 35% a las compras en el exterior.Si llegaste hasta acá es porque realmente querés que te devuelvan lo que pagaste de más! Tiempo estimado hasta acá…1 hora y cuarto de carga de datos.En 4- Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta vas a poder cargar tanto el impuesto a créditos y débitos de tu cuenta bancaria como así también el 35% de las tarjetas de crédito/débito.
Vamos a lo que importa: en 4- Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta entras en el menú “Pago a cuenta – Compras en el exterior”. Allí se va a abrir un menú como el que sigue, en donde para cada mes, por cada tarjeta (débito / crédito – Visa, MasterCard, AmEx, etc.-) de cada banco con el que operaron, vas a tener que cargar el monto de la percepción.
9) Una vez llegado a este punto, se puede generar y enviar el Formulario 572 Web a la AFIP. Vas a ver un resumen de lo cargado, chequear que esté todo correctamente. Hay un botón que recomiendo no olvidarse que es el de IMPRIMIR BORRADOR. Si no lo imprimen en ese momento no tendrán otra forma de conseguir el comprobante de haber realizado el trámite hasta tanto este ya esté presentado al empleador.
Luego pulsar ENVIAR AL EMPLEADOR…y listo! En menos de 10 pasos (?) logramos tener la devolución de los montos cobrados. En ese caso, se invalida lo que muchos dicen del “dólar turista” al dólar oficial + 35%, y aplica únicamente el costo financiero de la plata entre que pagas y te la devuelven. Para más información sobre ese tema, hice un post en esta página, y que para una compra con 35% de percepción puede llegar a implicar un costo financiero superior al 9% de la compra.
Nota 1: La AFIP no debería tener capacidad de rechazar estos cargos. El empleador es el responsable de mensualmente revisar si hay actualización en las deducciones.
Nota 2: Hay tiempo para cargar este formulario hasta el último día del mes de enero del año siguiente al cual se hizo la percepción. O sea, tenes tiempo hasta el 31/01/2014 para cargar las retenciones hechas durante 2013. Cuanto antes, mejor.
Cualquier otra duda que tengan, en comentarios.
Para aquellos que no pagan ganancias, están exentos del pago, o bien son monotributistas
¿No pagas ganancias y cuando compraste en el exterior te cobraron el 35%? Para ustedes, la AFIP encomendó el Formulario746/A. Este formulario, es otro de los aplicativos Web que desarrolló AFIP para aquellos que se les debitó el 35% a las compras en el exterior, pero que al no pagar Ganancias, en vez de pedir que le descuenten esta plata del pago de Ganancias, deben pedir que se las reintegren en sus cuentas bancarias.
Para ello, tendrán que cumplir los siguientes pasos:
1) Una vez en el sitio web de AFIP (www.afip.gob.ar) vas donde dice clave fiscal, o entras directamente desde acá.
2) Entras en ‘Mis Aplicaciones Web”. Se va a abrir un pop-up en una ventana nueva.
Si no encuentran la opción ‘Mis Aplicaciones Web’ en su menú de opciones tienen que ir a ‘Administrador de Relaciones de Clave Fiscal’(nuevamente pop-up), ahí‘Adherir Servicio’, hacen click en el logo de la AFIP (todos lo conocen ya!), luego en “Servicios Interactivos”.
Por último, buscan ‘Mis Aplicaciones Web’, dan Confirmar a la opción, y
recargar la web de AFIP. Deberían tener todo disponible ya.
3) Una vez que estas en la nueva página, arriba a la izquierda haces click en “Nuevo Formulario”4) Rellenamos los campos con la siguiente información:
• Tipo: Declaración Jurada
• Formulario: F.746/A – DEVOLUCIONES Y TRANSFERENCIAS
• Versión: 391 (es la única opción que hay)
• Período Fiscal: ingresan el mes en el cual les hubieran cobrado el 15% (ej.: 201301 por algo cobrado en Enero de 2013)
• Click en “Aceptar”
5) En ‘Percepciones no registradas en Mis Retenciones’ ponemos “Agregar Percepción”.
• Ahí debemos marcar una percepción por cada tarjeta, por banco, por marca de la tarjeta y por resumen
• En Origen elegimos Crédito o Débito
• En Banco Emisor buscamos el nombre de la entidad que hizo la percepción
• En Denominación de la Tarjeta utilizada
en la operación de Compra ponemos la Marca de la tarjeta (Visa,
Maestro, MasterCard, Italcred, etc.)
Últimos 4 dígitos de la tarjeta (para su posterior verificación)
Número de resumen o liquidación: aparece
arriba en el resumen de la tarjeta de crédito. No está claro que quiere
decir para el caso de tarjeta de débito.
Fecha del pago del resumen de tarjeta de crédito o liquidación de la tarjeta de débito
Monto de la percepción: se pone lo que les cobraron por el 20% / 35%
6) Una vez que le dan “Grabar” arriba a la derecha, les aparecerá en
el listado de “Percepciones no registradas en Mis Retenciones”. Dan
click más arriba donde dice “Obtener monto total de percepciones a
tramitar en devolución”. Como pueden ver, esto es un trámite, el cual puede ser aprobado, o no, de acuerdo a si estos consumos se condicen con la capacidad contributiva del cliente. Se
sobreentiende que esto lo hacen para que una persona que tiene ingresos
en negro no saque un Monotributo básico para pedir que les reintegren
las percepciones.7) Según la Resolución General 3420/2012 de AFIP en algún paso se va a solicitar el número de CBU al cual deseamos que hicieran el reintegro del dinero.
8) Ahora, una vez que damos click a la derecha en “PRESENTAR”, lo único que nos queda es…esperar. ¿Cuánto tiempo? La Resolución de AFIP no lo dice, simplemente aclara que “La aprobación o rechazo de la solicitud efectuada, será resuelta por este Organismo mediante controles sistémicos y/o verificaciones posteriores”
9) En caso de aprobar la devolución, lo van a hacer a la cuenta bancaria informada en el CBU. En caso que se rechace, la AFIP va a informar por qué lo rechaza. Este rechazo puede ser recurrido. O sea, que si te rechazan un pedido de devolución del 35% y estás disconforme, podes reclamar de acuerdo al Art. 74 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683. Esto es, presentando un reclamo dentro de los quince (15) días de ser notificado. En ese caso, el Director General de AFIP tiene un plazo de sesenta (60) días para resolver los recursos.
10) Listo! Cuando AFIP apruebe, la plata nuevamente en tu bolsillo. Y el costo real de esta compra va a ser la pérdida del valor de los pesos entre el momento que lo pagaste y que te lo devolvieron, que puede ascender a más del 9% del monto total.
viernes, 4 de julio de 2014
Vacaciones y Turismo en Isla Margarita
La Isla de Margarita constituye el atractivo turístico más importante de Venezuela.
Es en la actualidad el centro turístico venezolano más reconocido en el mundo. Posee playas con condiciones para el surf, submarinismo, windsurf, kitesurf y otros deportes acuáticos, así como pueblos coloniales históricos: en la isla se encuentran varias fortificaciones españolas antiguas (castillos, fortines y fortalezas), que se consideran patrimonio nacional.
Porlamar La ciudad más grande de la isla de Margarita es Porlamar, conocida por sus centros comerciales, tiendas y buenos restaurantes. Cerca de 85.000 personas viven allí durante la temporada baja en Porlamar llegando a 190.000 en la temporada alta. Cuenta con dos playas de la ciudad.
¿Querés viajar a Isla Margarita en el Verano 2015?
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Historia Colonial en Margarita
El 15 de agosto de 1498 durante el tercer viaje, Cristóbal Colón llegó a Margarita. En ese viaje el Almirante también llegó a tierra firme, Venezuela. Aquel día de agosto Colón divisó tres islas, dos de ellas pequeñas, bajas y áridas (las actuales Coche y Cubagua), separadas por un canal de una tercera, mayor, cubierta de vegetación y poblada de indígenas que la llamaban Paraguachoa, vocablo que significa según historiadores "peces en abundancia" y según otros "gente de mar".El Clima en Margarita
La Isla se caracteriza principalmente por un clima tropical acompañado de un sol radiante.La temperatura media es de 27ºC con mínimas que oscilan entre 22º y 23ºC y máximas que pueden superar fácilmente los 34ºC. Un clima hermosamente tropical apra aprovecharlo en sus bellas playa.
Viajes a la Isla de Coche
En la isla existen hoteles de gran calidad que ofrecen a los turistas todos los servicios necesarios para una grata estadía. Además, se ofrecen paseos y tours tanto acuáticos como terrestres.La isla de Coche tiene unas condiciones excepcionales para el turismo selectivo de calidad (no masivo). Al occidente de la isla las brisas fuertes generan condiciones para la práctica del windsurfing y Kiteboarding.
En las carreteras puede practicarse el ciclismo, naturalmente, con protección solar para evitar una insolación.
Al igual que en Margarita, la temperatura, aunque elevada, resulta agradable por la fresca brisa marina.
Excursiones en Isla Margarita
En la isla de Margarita los efectos climáticos y/o edáficos han producido una mezcla de zonas de vida, con variados ecosistemas que comprenden desde la maleza desértica tropical, en las zonas bajas y secas, hasta el monte espinoso y el bosque seco tropical en zonas de mayor altura. En el cerro Copey se encuentra el bosque húmedo premontano y en las zonas pantanosas y salinas abundan los manglares.Parque el Agua
Parque El Agua tiene 45.000 metros de entretenimiento, diversion, agua y sol, Un Tobogan de caida rapida de 18 metros de altura, Un rio lento "TUNAIMA" de 500 metros de largo que rodea el parque...
Nado con Delfines
La excitante experiencia de nadar con los delfines que lo dejará sin palabras. Es una excelente opción para divertirse y recibir un poco de terapia anti-stress...
Snorkeling
Tanto si Usted es un buzo certificado o prefiere permanecer cerca de la superficies... ¿por que no explorar las profundidades del oceano? La Isla de Margarita, asi como las isla que la rodean , ofrecen algunos de los mas bellos especimenes del mundo marino.
Full Day Cubagua
Descripcion: Conozca la bella isla de Cubagua, la mas pequena del estado Nueva Esparta, ubicada al suroeste de la isla de Margarita y a 15 kilometros al oeste de la isla de Coche. Disfrute del All Inclusive, snorkel y dejese sorprender descubriendo el ferry hundido...
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Vacaciones de Shopping en Margarita
La isla de Margarita es un "puerto libre", lo que la hace un sitio ventajoso para el consumidor, al estar exenta del pago de impuestos al fisco venezolano (SENIAT) por la importación de bienes y también para los turistas de Venezuela y del mundo, que visitan sus playas y atractivos.
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